93.I.p. Programas de prevención y atención de emergencias y desastres, de la gestión integral de riesgos conforme a los lineamientos de políticas de protección civil, así como el atlas estatal de riesgos
No aplica al Consejo Quintanarroense de Ciencia y Tecnología atendiendo a que dentro de las atribuciones, facultades y competencias del Organismo Público Descentralizado, de su Consejo Directivo y de su Director General no le compete desarrollar programas relacionados con prevención y atención de emergencias y desastres , por ser competencia de otras instancias. Lo anterior, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 63 de la Ley de las Entidades de la Administración Pública Paraestatal del Estado de Quintana Roo, 6, 12 y 20 de la Lay de Ciencia y Tecnología del Estado de Quintana Roo, 4, 5, 25 y 42 del Reglamento Interior del COQCYT.